La libertad sindical en España es un derecho fundamental de las personas, que establece que todas tienen derecho a sindicarse libremente.
Contenido de la libertad sindical:
-El trabajador tiene derecho a sindicarse.
-Nadie podrá ser obligado a afiliarse.
-Existe el derecho a fundar sindicatos.
Tienen derecho a afiliarse:
-Trabajadores por cuenta ajena.
-Trabajadores desempleados y jubilados.
-Trabajadores por cuenta propia.
-La policia nacional y municipal.
No tienen derecho a sindicarse:
-Jueces, magistrados y fiscales.
-Miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
2. Los sindicatos
Se pueden definir como la asociación permanente de trabajadores que ejercen actividad profesional para la representación y mejora de sus intereses profesionales y de sus condiciones de vida.
Funciones:
-Representan a los trabajadores.
-Participan en la negociación de los convenios colectivos.
-Promueven elecciones para los delegados.
Se organizan:
-Por actividades o ramas de producción.
-Por ámbitos territoriales.
3.Representación de los trabajadores
3.1 Representación unitaria
A) Delegados de personal: Son representantes de los trabajadores en aquellas empresas o centros de trabajo que tengan mas de 10 y menos de 50 trabajadores.
B) Comité de empresa: Es el órgano de representación colegiado de los trabajadores en las empresas o centros de trabajo cuyo número de trabajadores sea de 50 o más.
C) Competencias y garantías de los representantes de los trabajadores:
4. La negociación colectiva
4.1 Contenido de los convenios colectivos
Los convenios colectivos son acuerdos suscritos por los representantes de los trabajadores y de los empresarios para fijar las condiciones de trabajo y productividad de un sector económico o de una empresa.
4.2 Ámbito de los convenios colectivos
-Ámbito geográfico: define el territorio en el que se aplica el convenio.
-Ámbito funcional: marca las actividades empresariales a las que se aplica.
-Ámbito temporal: indica el periodo en el que se aplica o está vigente el convenio.
-Ámbito personal: Empresarios y trabajadores a los que se aplica el convenio.
5. Conflictos colectivos
A) La huelga
La huelga es un derecho fundamental de los españoles que dispone: <<Se reconoce el derecho de huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses>>
Las huelgas pueden clasificarse según diversos criterios; el más importante de ellos es la distinción entre huelga legal y huelga prohibida.
Huelgas legales: Cumplen con todos los requisitos legalmente establecidos.
Huelgas prohibidas: políticas, de solidaridad, novatorias o las que no sigan el procedimiento legal para su declaración.
B) Procedimiento para la declaración de la huelga:
-Declaración de la huelga
-Comunicación a la Autoridad laboral y al empresario o empresarios del acuerdo de huelga
-Constitución del comité de huelga
C) Desarrollo de la huelga:
-El empresario no puede sustituir a los huelguistas
-Debe respetarse la libertad de trabajo
-El comité de huelga debe garantizar los servicios necesarios
-Las partes tienen el deber de negociar
D) Efectos de la huelga
-Suspensión del contrato de trabajo
-Situación de alta especial en la SS
E) Cierre patronal
Circunstancias:
-Notorio peligro de violencia para las personas o daño grave para las cosas
-Ocupación ilegal del centro de trabajo o sus dependencias
-Inasistencia o irregularidades en el trabajo
CONCLUSIÓN: Como conclusión personal en este tema opino que es un tema que es importante estar al día ya que en cuanto estemos integrados en el mundo laboral podemos situarnos en algunas de estas situaciones, como por ejemplos en situación de huelga, iniciar convenios colectivos etc...
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